CONVERSATORIO SOBRE FLAGRANCIA

En las instalaciones del Comando de la Unidad de Vigilancia N°53 Barinas, contando con la presencia de la Abog. Alida Marchan, Abog. Yitsi Galvi, Abog. Tatiana Bonilla,  Abog. Jair Moreno y abog, Henry Rico, Fiscal Superior, Fiscal Auxiliares de las Fiscalia Primera y Segunda del Ministerio Publico del Estado Barinas, respectivamente, acompañados del Comandante de la Unidad, Com. (TT) Abog, Juan José Oviedo, Jefe de Operaciones, los oficiales de planta,   jefes y auxiliares del Departamento de Investigaciones y Comandantes de los puestos, se inicio el conversatorio denominado "APLICACIÓN DE LOS CASOS DE FLAGRANCIA EN MATERIA DE ACCIDENTES DE TRANSPORTE TERRESTRE" cuyo objetivo central es unificar los criterios procedimentales y canales de comunicación en cuanto a la determinación de los casos de flagrancia, además de la caracterización de los supuestos en los cuales se aplica esta condición legal.
Podio de representantes del Ministerio Público, presente durante del  Conversatorio

Grupo de Efectivos pertenecientes a los servicios con pertinencia directa en la materia
de levantamiento de accidentes.

A tales efectos, el Comandante de la Unidad, procedió a la presentación general sobre la operatividad y parte de las estadísticas generadas hasta la fecha en la Unidad, en los cuales, se presenta los principales causales de accidentes en la región, aunado a las acciones y programas educativos desarrollados por los efectivos, a fin de elevar el nivel de participación de la ciudadanía en cuanto a la problemática de accidentabilidad, en ese mismo orden, se planteo por parte del Comandante la activación de acciones legales para la suspensión de las licencias de conducir, aquellos conductores que se encuentren involucrados en los accidentes de transporte terrestre, como medida preventiva mientras que se realizar las experticias correspondientes a la investigación del hecho. De igual manera, se expuso la condición del Cuerpo Técnico de Vigilancia en relación a la integración a la Policía Nacional Bolivariana. 

Com. (TT) Abog. Juan Jose Oviedo, durante su presentación

Tanto los efectivos presentes como los invitados reciben el análisis de las condiciones del
transporte terrestre en la región de Barinas. 

La intervino el Fiscal Auxiliar Henry Rico, se inclino al inicio el conversatorio en alusión a los supuestos e inquietudes para ser aclarados sobre el principal punto de la reunión; aperturando el ciclo de preguntas y respuestas. A tales efectos, el Sgto. Mayor Fabio Márquez,  indico el apego a la normativa legal, en la cual los efectivos aplican los casos de flagrancia; el Abog. Jair Moreno toca los aspectos teóricos relativos a la definición de flagrancia, puntualizando su intervención hacia los casos de los municipios de la jurisdicción de Santa Bárbara y Pedraza, indica la necesidad de ampliar los aspectos técnicos y procedimentales en los casos de accidentes, y de esta manera orientar las acciones legales relativas a la detención de ciudadanos, por ello, enfatiza la necesidad del peritaje del efectivo. La abog. Tatiana Bonilla, planteo la necesidad de  notificación de la flagrancia en el momento en que se hace presencia física el efectivo, ya que la misma  esta descontextualizada en el tiempo, es estos casos es atemporal la notificación a la fiscalía, además de accionar en  el sitio del hecho la  revisión minuciosa y la experticia de seriales, con el objetivo de agilizar los tramites de los procedimientos ante la fiscalía. El Dr. Henri Rico, manifiesta la necesidad de agudizar las actuaciones y peritaje investigativo sobre los causales de los accidentes, dado que muchos de los pruebas se extravían en la espera de las ordenes e instrucciones solicitadas por la fiscalía.
Sgto. Mayor (TT) Toledo Jhonny expone diversos escenarios para ejemplificar los casos de
flagrancia. 


El Dr. Jair Moreno, insiste en la inspección técnica y experticia en el momento en que ocurre el evento como hecho que orienta las acciones tomadas por la fiscalía actuante al momento de ser notificadas.
El Dr. Henri aborda los casos de los delitos menores y la normativa legal que desestima la actuación de la fiscalía, además se caracteriza según los casos para aclarar a aplicación de la flagrancia; aclarando que el inicio de la investigación se orienta por dos procedimientos: el flagrancia o por los mecanismos ordinarios, en este último caso, la presunción en base a la pericia del efectivo  tiene validez, dando el reconocimiento a los capacidad y profesionalismo en el levantamiento del accidente, lo cual es una actitud de orientación, a efectos de la determinación de las responsabilidades en el caso del juicio.
Se expone los supuestos de las actuaciones de los conductores en los casos de simulación de lesiones para eludir las responsabilidades del hecho eventual, para ello, se ordena otra orden de revisión de las lesiones y  de igual manera se sigue el procedimiento de investigación, por parte de la fiscalía.    
Se insiste en la comunicación con los fiscales de guardia o la inmediata notificación en la ocurrencia del evento, de igual manera, se explico el procedimiento para la captación e  identificación de los testigos del hecho. Cuando se activa los mecanismos ordinarios de investigación se debe esperar las órdenes para iniciar las entrevistas y demás acciones.

Sgto. mayor (TT) Flavio Marquez, jefe de la Oficina de Investigaciones Penales
y Accidentes con Lesionados y Muertos. 

Dra. Alida Marchan, Fiscal Superior del Estado Barinas- figura central- 
Las precalificaciones la realiza el fiscal del Ministerio Publico, y se autoriza a realizar la reseña a la persona involucrada en el caso de flagrancia, se plantea la necesidad de activar el SIIPOL y se anexa el resultado de la verificación de la condición de ese ciudadano, lo cual, se autoriza el chequeo en el sistema de infracciones, además del ante señalado.
Se indica la necesidad de no victimizar a los afectados como consecuencia del accidente.
Es importante dejar constancia de todas actuaciones  y estado de las cosas y  personas par resguardar el procedimiento investigativo del hecho,
Para finalizar la Fiscal Superior, procedió en compañía de la fiscal  Segunda a dar sus números telefónicos con el fin de aperturar los canales  directo para manifestar e  informar todas las inobservancia en cuanto a la atención de la novedad ocurrida en el ejercicio de las funciones en la ocurrencia de los hechos punibles en materia de competencia del transporte terrestre.   



La actividad se cumplió a plena satisfacción de los presentes, dando como resultado el fortalecimiento de ambos organismos, los cuales acrecentaron el sentido de unidad, comunicación y respeto mutuo, cuyo resultado se evidencia en el trabajo de cooperación e integración manifiesto en la efectividad en la atención de los casos de accidentes viales.